SUELDO PERSONAL DOMESTICO
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
SALARIOS
Resolución M.T.E. y S.S. 1002/09- 9 de noviembre de 2009
Fíjanse las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico
comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56.
REMUNERACION A PARTIR DEL 1 DE NOVIEMBRE DE 2009
PRIMERA CATEGORIA:
(Personal con retiro 8 hs)
(Institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y
nurses) $ 1.656,72.
(Personal sin retiro)
(Institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y
nurses) $ 1.846,70.
SEGUNDA CATEGORIA:
(Personal con retiro 8 hs)
(cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, Valets y porteros
de casas particulares) $1.537,54.
(Personal sin retiro)
(cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, Valets y porteros
de casas particulares) $ 1.713,36.
TERCERA CATEGORIA:
(cocinero/ra, mucamos/as, niñeras en general auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, caseros
y jardineras) $ 1.502,14.
CUARTA CATEGORIA:
(aprendices en general de 16 a 17 años de edad) $ 1.347,56.
QUINTA CATEGORIA:
(personal con retiro que trabaja diariamente).
–8 horas diarias $ 1.347,56.
–por hora $ 10,27.
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarias $ 673,78.
“Hora de excedencia” $ 10,27